domingo, 3 de noviembre de 2013

Wall Kintun tv denunció a funcionarios en audiencia pública sobre la Ley de Medios

Por Wall Kintun tv - Primer canal Mapuche - Saturday, Nov. 02, 2013 at 2:00 AM
wallkintuntv@gmail.com
La Defensoría del Público realizó en Bariloche la sexta Audiencia Pública sobre la Ley de Medios Audiovisuales, correspondiente a la Región Patagonia del país. En la sala de prensa del Centro Cívico participaron del cónclave alrededor de 85 oradores. Entre ellos estuvieron presentes autoridades, radios comunitarias, Pueblos Originarios, trabajadores de medios, sindicalistas, cooperativas, legisladores y diversas entidades de la región. En este marco expuso el canal Mapuche Wall Kintun tv, el primer canal de Pueblos Originarios de Argentina.
Los objetivos de esta convocatoria fueron: evaluar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión en las Provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Islas Malvinas y Antártida Argentina, así como la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en dicha zona y a nivel nacional, como ser la oferta de medios y la posibilidad de acceder a una variedad de propuestas locales y nacionales; las programaciones de la radio y la televisión pública, comercial y sin fines de lucro; el acceso al espectro de todos los sectores contemplados por la Ley; la representación y la presencia de sectores históricamente marginados o estigmatizados y el respeto de sus derechos.
Además de la jornada en Bariloche, la Defensoría llevó a cabo en el transcurso de este año 2013 Audiencias Públicas en la región NEA (Misiones, Chaco, Formosa y Corrientes), NOA (La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero, Jujuy, Salta y Tucumán), Buenos Aires (Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires), Centro (Entre Ríos, Santa Fe, La Pampa y Córdoba), y Cuyo (Mendoza, San Luis y San Juan).
Ponencia de Wall Kintun tv, primer canal Mapuche creado en el marco del Derecho de la Ley de Medios Audiovisuales:
Marimari pu lamuen, pu wenuy ka kom pu che
Iñche Deolinda del Pilar Buenuleo pingen
En primer lugar, la Comunidad Buenuleo –como parte del Pueblo Mapuche-, celebra el fallo de la Corte Suprema que permitirá la plena aplicación de la ley de medios, otorgándonos voz a todos los pueblos y organizaciones sociales y fortaleciendo a la democracia.
Antes del 07 de diciembre, a mediados del 2012, el funcionario Diego Pereyra también conocido como Diego Cotaro en ese momento consejero por la Zona Andina del Consejo de Desarrollo de Comunidades Indigenas (CoDeCI) de Rio Negro, se presenta en la comunidad expresando que el gobierno nacional tendría la intención de poner un canal en alguna comunidad. Asimismo nos ofrece esta posibilidad concreta a la comunidad Mapuche Buenuleo, con personería jurídica n° 31 ubicada a 8 kms de la ciudad de San Carlos de Bariloche, al pie del Cerro Ventana.
De manera insólita, tres meses después nos llega la noticia que el gobierno nacional nos otorgó la licencia del canal, sin que nosotros estemos informados, capacitados y con la imposibilidad de que los miembros de la comunidad puedan elegir un nombre para canal. Esto sucede a dos semanas del 7D.
Llega el 7D de 2012 y en el marco del PREMICA, en una mega campaña mediática se da a conocer a nivel nacional al canal Wall Kintun tv, como “el primer canal de Pueblos Originarios de la Argentina”. Después de la inauguración, los roles dentro del canal estaban definidos, por ejemplo el funcionario Diego Cotaro era el director de Wall Kintun tv. Nunca como Comunidad Mapuche tuvimos algún tipo de asamblea, ni reunión, que le otorgara estos mandatos de director, administrador, productor general y editor. La comunidad Mapuche Buenuleo hasta ese momento es simplemente un objeto de uso.
El señor Matías Melillán, funcionario del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) junto a Diego Cotaro o Pereyra de manera unilateral introducen una supuesta cooperativa de jóvenes para la administración y manejo del canal. La comunidad Buenuleo le exige a Matias Melillan y Diego Cotaro que terminen con esa política de manipulación y omisión. Y estos funcionarios cortan por lo más delgado, pergeñan un plan para expulsar del canal a la cooperativa que ellos mismos formaron, capacitaron y de manera arbitraria introdujeron al canal. Objetivo que finalmente logran: la cooperativa abandona canal.
La comunidad le plantea a Melillan y a Cotaro que la misma no está en condiciones de gestionar y llevar adelante el canal, por lo tanto se les pide capacitación y formación para la administración general del medio. El remedio fue peor que la enfermedad. El dia 07 de febrero de 2013 Melillan y Cotaro presentan a Carlos Catrileo como una persona capaz de llevar adelante un proceso de capacitación para toda la gente de la comunidad vinculada al canal. La comunidad vuelve a confiar en estos funcionarios y decide nombrar a Catrileo como director general de Wall Kintun tv. Carlos Catrileo se da a conocer ante la comunidad como corresponsal de TELAM, presenta una propuesta escrita donde promete sueldos, viajes a diferentes países de Latinoamericana para firmar convenios con TeleSur, entre otros. Mientras tanto nosotros no sabíamos lo que era un trípode.
Matias Melillan le sugiere a la comunidad la incorporación de jóvenes al canal porque eran fáciles de manejar ya que las personas mayores o adultas tienen una ideología formada, difíciles de cambiar. Ofrece gestionar sueldos, equipamiento y capacitación en el ámbito nacional, provincial y municipal para todos los que estaban en el canal. Esto jamás sucedió, solo genero angustia, decepción, impotencia y bronca en los jóvenes que durante 5 meses confiaron en sus promesas. A esta altura ya nos dimos cuenta de que nuevamente fuimos víctimas del manejo político sin escrúpulos. En el mes de julio la comunidad los echo, ya cansados de tanta mentira, desidia y abandono.
A diez meses de su inauguración: Que es Wall Kintun tv??
Un transmisor de 600 que dio en comodato la AFSCA, una pc con un playout también en comodato facilitado en este caso por AVC Video Cable y un espacio prestado por la provincia de Rio Negro en el Centro Administrativo provincial. Es un grupo de gente que trabaja sin tener un sueldo, es un canal de televisión sin cámaras, sin máquinas para editar, es un espacio vacío.
Jamás podrá existir una comunicación libre, independiente, con identidad, con lenguaje propio, con capacidad, si la aplicación de la ley de medios audiovisuales queda en manos de funcionarios que tienen como lógica la conspiración, el boicot, la cooptación, división y la mentira.
Nos preguntamos:
Qué diferencia hay entre la CCAIA, estos miembros de la Campora y aquellos grandes monopolios de la comunicación cuando solo nos siguen viendo como objetos manipulables??
Sin embargo pese a este escenario de disputas, de especulación, de mezquindades políticas, nosotros la Comunidad Buenuleo y los miembros del canal soñamos y creemos en la posibilidad de convertir Wall Kintun tv en una herramienta que transmita solidaridad, fortalecimiento de la identidad, recuperación de la historia, que sea un aporte al buen vivir.
Proyectamos: el mejoramiento de la calidad y alcance de la señal, la gestión de recursos para equipamiento del canal, la capacitación en materia audiovisual y filosofía mapuche de quienes conforman el proyecto y bregaremos por la plena aplicación del artículo 97 de la Ley de medios, todo para alcanzar el objetivo del mismo: ser una herramienta comunitaria de desarrollo e integración. Es por eso que convocamos a los hermanos y hermanas Mapuche, a los hombres y mujeres de buena voluntad a trabajar con énfasis y con la ilusión de que Wall Kintun tv sea el reflejo de la vida de todos los pueblos.
Queremos dejar en claro que nuestro planteo está muy lejos de ser una interna, es una denuncia contra algunos funcionarios que obstaculizan el pleno ejercicio de nuestros Derechos (Indígenas) y de la aplicación de ésta, también nuestra Ley de Medios. 


Marici wev! Marici wev! Diez veces estamos vivos! Diez veces venceremos!
Deolinda del Pilar Buenuleo 


http://argentina.indymedia.org/news/2013/11/849626.php

Integrante de la Comunidad Mapuche Buenuleo y parte del Directorio de Wall Kintun tv

San Carlos de Bariloche, viernes 01 de Noviembre de 2013

Contactos Deolinda Buenuleo:

(0299) 1555 – 11587

wallkintuntv@gmail.com

viernes, 1 de noviembre de 2013

Indígena: La Corte se declaró incompetente en causas por territorios ancestrales

MOVIMIENTO INDÍGENA… ARGOS: OCTUBRE 31 DE 2013…
 
xGustavo Ahumada
Infojusnoticias
 
En dos fallos firmados la semana pasada, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que no es su “competencia originaria” analizar conflictos de demarcación de territorios que comunidades indígenas de Jujuy y Salta. Sólo Eugenio Zaffaroni sostuvo que sí correspondía tratar los amparos presentados por las comunidades.
 
Se trata de amparos presentados por la comunidad de Aguas Blancas, en Jujuy; y las comunidades de San José-Chustaj Lhokwe y Cuchuy, en Salta. En ambas presentaciones los pueblos kolla y wichí, respectivamente, pidieron la demarcación y mesura de los territorios que “tradicionalmente ocupan”.
 
Sin embargo el máximo tribunal por mayoría conformada por Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Maqueda y Carmen Argibay, consideró que no era de su “competencia originaria”. Argumentaron que este tipo de causas “corresponde a la justicia local” ya que “tales planteos requieren para su solución” la interpretación de leyes provinciales.
 
En disidencia votó Eugenio Zaffaroni, que hizo suyo los dichos del dictamen de la Procuración General, que sostenía la existencia de un “carácter federal” en la causa ya que el proceso constituye “una ‘causa indígena’ cuya interpretación debe encuadrarse dentro de los términos de los arts. 75, inc. 17, de la Constitución Nacional y 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos”. Ello en lo que concierne especialmente en que ambos estados -provincial y nacional-“le reconozcan a la comunidad actora su derecho de propiedad sobre las tierras ocupadas históricamente”.
 
El artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional forma parte de los argumentos de las comunidades. Este artículo, incorporado en la reforma de 1994, reconoce “la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos” y a su vez les garantiza “el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural” y “la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan”; entre otros derechos.
 
“Desde la organización nacional fueron los Estados locales los que se ocuparon en primer término de las cuestiones indígenas, e incluso el proceso legislativo de reconocimiento de tales derechos tuvo su origen en las provincias”, justifica la negativa al tratamiento en el voto de la mayoría de la Corte de ambos fallos. 
 
Lo que dice la Corte Interamericana de Derechos Humanos
 
Los dictámenes que hace suyos Zaffaroni –firmados por Laura Monti- también consignan jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que sostiene que "el derecho a la propiedad privada previsto en el art. 21 de la Convención Americana contiene un tipo especial de propiedad como el derecho de posesión y propiedad comunitaria de los pueblos indígenas con respecto a tierras, territorios y recursos' que han ocupado históricamente".
 
“Los estados deben proceder a la delimitación, demarcación y titularización de las tierras tradicionales de las comunidades, a fin de hacer efectivo ese derecho, pues una actitud contraria conllevaría la violación del art. 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos” consigna el dictamen y agrega que ese artículo es “la fuente normativa del derecho a la tierra de los pueblos indígenas”.
 
La Comunidad kolla de Aguas Blancas, ubicada a más de 3500 metros de altura, en el departamento de Cochinoca en Jujuy, muy cerca de las salinas grandes, presentó la acción de amparo para obtener el reconocimiento de “su propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupa”.  Lo mismo hicieron las comunidades San José-Chustaj Lhokwe y Cuchuy, “frente a los irregulares desmontes de bosques nativos y el alambrado perimetral que se está llevando a cabo” en sus territorios.
 
El pedido de demarcación de las comunidades tiene un objetivo similar ejercer “sin restricciones sus derechos constitucionales a la identidad y a la diversidad, a la vida en condiciones dignas, a la salud, al medía ambiente, a la preservación de su patrimonio natural y cultural, a la participación en la gestión de sus recursos naturales y en los demás asuntos que los afecten”.
 
Fuente:
 

martes, 29 de octubre de 2013

La Corte declaró la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

fallo 12:26 horas
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictaminó la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual cuestionada por el Grupo Clarín.

La ley fue aprobada en 2009 por el Congreso, pero una medida cautelar otorgada a Clarín dejó sin efecto dos de sus artículos, el 45 y el 161, que regulan las transferencias de licencias y los plazos de aplicación de la norma.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi y Elena Highton de Nolasco votaron a favor de la constitucionalidad total de la normativa.

En tanto, los ministros Carlos Maqueda y Carmen Argibay votaron la constitucionalidad parcial de la ley y el único voto en contra por inconstitucionalidad fue el del juez Carlos Fayt.

De esta forma y tras cuatro años de demora, la Corte Suprema resolvió a favor de la constitucionalidad de la ley.

Los artículos cuestionados por el Grupo Clarín eran el 41, que establece que las licencias son intransferibles; dos apartados del 45, que fijan un límite a la cantidad de licencias concentradas; el 48, que descarta la figura de un "derecho adquirido" por parte de las empresas que tienen más licencias de las permitidas y el 161, que da un año de plazo para que aquellos que tengan que adecuarse a la ley.


Imágen logo de Télam

martes, 15 de octubre de 2013

JUJUY: TRIUNFO DE LA PARTICIPACIÓN POPULAR


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La intrusión ilegal de la empresa del Sr. Oscar Chedrese en los territorios indígenas de Mudana, donde se realizaron exploraciones y cateos sin el debido permiso de la Dirección de Minería de la provincia y de la Jueza de Minas, fue masivamente repudiada. 
Tal como suelen operar estas empresas,  mediante artilugios como ocultar información, aprovecharse de la buena fe, jugar con la necesidad de empleo en zonas olvidadas y abandonadas por el gobierno, lograron su objetivo: que la comunidad firmara los permisos para la exploracion ilegal, generando con esto la discordia y la división entre las poblaciones circundantes.
Estos acontecimientos fueron el detonador de un proceso de movilización que tiene como precedente a Tilcara, cuando en el año 2008 el pueblo salio a las rutas a decirle NO A  LA MEGAMINERÍA  DE RADIACTIVOS, NO AL SAQUEO Y EL ENVENENAMIENTO DEL BIEN MAS VALIOSO: EL AGUA .
Fue así que el jueves 3 de octubre el pueblo soberano de Huacalera se pronunció y ante la demanda y movilización popular la Comisión Municipal sancionó la Ordenanza Municipal que PROHIBE LA MEGAMINERÍA A CIELO ABIERTO Y DE RADIACTIVOS Y EL USO DE TÓXICOS  en todo su distrito. Huacalera se suma así, a la lista de poblaciones que en todo el país empiezan a tomar conciencia de los costos que la megaminería tiene para las poblaciones que la padecen, entre ellos el mas importante el agua que envenena y los puestos de trabajo que destruye. La revalorización del trabajo campesino, del turismo, y la preservación de las fuentes de agua y la salud de sus pobladores resultan prioritarias para este y muchos otros pueblos.
En la Huerta se gestó el movimiento de participación política mas importante de los últimos años que derivó en un interesante proceso de deliberación y participación, en suma, de ejercicio de la ciudadanía. En las reuniones que semanalmente se realizan comenzaron a tomar estado publico asuntos como el vaciamiento del Municipio y la ausencia de los vocales a todas las sesiones de este año.
Inmediatamente los vecinos se movilizaron, realizaron consultas con el Fiscal de Tilcara, quien en muy malos términos -según estos vecinos- manifestó no tener incumbencia en este problema.
También consultaron al Defensor del Pueblo de Humahuaca quien se comprometió a llegar hasta el lugar para hablar con los vecinos.
Otros fueron a consultar al Fiscal Federal Gral de Tucumán, Dr Antonio Gustavo Gómez. De acuerdo con los hechos narrados por los consultantes, el Fiscal Gómez reconoció al menos tres delitos penales federales cometidos en la Comisión Municipal de Huacalera enmarcados en los artículos 174 inc 5º , art 260 , 261 y art 296 del Código Penal.
Muy satisfechos con la gestión, los vecinos regresaron a Huacalera en donde el jueves pasado reunidos en Asamblea, comunicaron los resultados al Comisionado Municipal quien intimará a los vocales a cumplir con su obligación de  trabajar, sesionar, poner las cuentas del Municipio en orden o de lo contrario, serán denunciados ante la autoridad judicial federal correspondiente.
Los vecinos de Huacalera, se manifestaron: no seremos zona de sacrificio, no lograrán desunirnos ni sembrar la desconfianza entre vecinos, no contaminarán nuestra agua ni la hermandad de los pueblos, no permitiremos el saqueo de los bienes comunes en nuestros territorios.
EL AGUA Y LA VIDA NO SE NEGOCIAN

lunes, 7 de octubre de 2013

Silver Standard - Pirquitas se negó a colaborar frente a queja realizada por Comuneros de Rinconada JUJUY

Ver Informes Realizados haciendo click aqui:

Foto marzo 2013 Rio Pircas - Pirquitas Rinconada
Extractos del Informe Final - Consejo de Responsabilidad Social Empresarial Canadá 25 de Setiembre de 2013

“Los solicitantes particulares se consideran como personas indígenas y representantes de las comunidades afectadas por el proyecto. En su solicitud presentaron un informe, del que los solicitantes son autores, en el que se exponen las inquietudes de los residentes de al menos tres comunidades afectadas por la mina.”
“Los principales problemas que se planteaban en la solicitud se referían a los impactos
medioambientales, concretamente a la calidad del agua y a la participación de las comunidades.
Según el informe de los solicitantes, tras un periodo de fuertes lluvias e inundaciones, los ríos que atravesaban las comunidades locales quedaron contaminados con las escorrentías tóxicas provenientes de la mina. Esto causó una decoloración del río y tuvo impactos negativos para la población y animales locales aguas abajo. El informe también indica que, cuando los miembros de la comunidad manifestaron sus preocupaciones a la empresa, no se tuvieron en cuenta debidamente.
Según los solicitantes, se habían realizado pruebas con el agua pero los resultados no se les habían comunicado.
De acuerdo con el sitio web 4 de la empresa, Silver Standard tiene una participación del 100% en el proyecto de mina a cielo abierto de Pirquitas. La mina se encuentra en la provincia de Jujuy, en el norte de Argentina, a 4.100 metros sobre el nivel del mar. La producción comercial de la mina se terminó el 1° de diciembre de 2009.”
 “La Consejería planteó posibilidades para que la empresa participara activamente en el análisis del litigio, incluyendo en ello una visita sobre el terreno. La empresa rechazó la oferta. Los solicitantes reiteraron su deseo de diálogo facilitado con la empresa bajo los auspicios de la Consejería. Dado el carácter voluntario del mecanismo de examen y la falta de voluntad por parte de Silver Standard de participar, esta solicitud no puede resolverse mediante un diálogo facilitado por ahora.”
“La Consejería cree que, cuando se manifiestan distintos puntos de vista, a menudo se encuentran puntos comunes e intereses mutuos. Se considera que el intercambio de información es una manera eficaz de aclarar y resolver litigios.”
“Resultados: El objetivo de la Consejería es reunir a las partes, intercambiar información y elaborar un marco que permita avanzar de forma productiva y constructiva. La Consejería entiende que las partes pueden participar en un foro de diálogo y no llegar a un acuerdo por diversas razones. Este diálogo no siempre es provechoso. En este caso, Silver Standard se negó a participar.”



1º Encuentro Intercultural de los Pueblos Indígenas 11 de Octubre 2013 JUJUY


miércoles, 2 de octubre de 2013

ALUMNOS Y PADRES DEL COLEGIO SECUNDARIO 10 DE EL CONDOR BLOQUEAN LA RUTA 5

Baja en archivo PDF las notas que las Comunidades le hacen al Gobernador Eduardo Fellner y a Vialidad de la Provincia.


UNA VEZ MAS LA DESIDIA DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA A TRAVES DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y OTROS ORGANISMOS HICIERON QUE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL COLEGIO SECUNDARIO 10 DE EL CONDOR CORTARA LA RUTA PROVINCIAL 5 EL MIERCOLES 2 DE OCTUBRE RECLAMANDO LA ENTREGA INMEDIATA DE LAS 72 NETBOOKS PARA LOS ALUMNOS DEL COLEGIO
http://www.youtube.com/watch?v=-C0LCueeCjM

ALUMNOS Y PADRES DEL COLEGIO SECUNDARIO 10 DE EL CONDOR BLOQUEAN LA RUTA 5 SOLICITANDO AL ESTADO PROVINCIAL SE LES ENTREGUE A LA BREVEDAD LAS 72 NETBOOK PARA EL ALUMNADO PROMETIDAS HACE MUCHO TIEMPO ATRAS, EL ULTIMO COMPROMISO ES QUE IBAN A LLEGAR EL 30 DE SEPTIEMBRE , CUENTAN CON EL APOYO DE LAS COMUNIDADES ABORIGENES DE LA ZONA