jueves, 31 de julio de 2014

MES DE LA PACHAMA Y DE LA DECLARACION DEL CONSEJO DE ORGANIZACIONES ORIGINARIAS DE RINCONADA

En el Mes de la Madre Tierra es necesario conocer acerca de la

DECLARACION DEL CONSEJO DE ORGANIZACIONES ORIGINARIAS DE RINCONADA

Reunidos en la Comunidad de Lagunillas de Pozuelos, Departamento de Rinconada, Provincia de Jujuy, las Autoridades Comunitarias del Consejo de Organizaciones Originarias de Rinconada en Asamblea Soberana nos reunimos el día 10 de mayo del año 2014 siendo las horas 10:00, a fin de analizar la situación Minera en la Región Sur que comprende la Cuenca de la Laguna de Pozuelos y la Reserva de la Biosfera.
Después de debatir exhaustivamente y de conciliar el contexto minero, conflictos y experiencias en la zona, decimos al Estado Provincial y Nacional lo siguiente:
Que en la provincia existen dos emprendimientos mineros con modalidad extractiva a  cielo abierto, Mina Pirquitas y Mina el Aguilar de los cuales se desprende impactos sociales y culturales negativos cuyas consecuencias son gigantes. Repudiamos los pedimentos desmedidos que se otorgaron en el territorio de las Comunidades de Rinconada y la explotación de yacimientos minerales a cielo abierto, mediante el método denominado por lixiviación con cianuro en la vecina jurisdicción de Mina Pirquitas distante a 80 km, como también en lo inmediato y la posibilidad de prospección, exploración y explotación en otros lugares de nuestra región.
El potencial económico extraído históricamente jamás lo hemos recuperado, ese potencial económico lo absorbieron las Corporaciones y los desechos se han expandido por el aire por el agua, por todas partes de nuestros territorios. Las corporaciones de la industria extractiva generaron empobrecimiento cultural, espiritual produciendo también una modificación de nuestra situación social.
Los vecinos de las Comunidades de Rinconada se oponen terminante a este tipo de actividad minera en la modalidad a cielo abierto y en todas sus etapas, constituidas por cateo, prospección, exploración, explotación, desarrollo, preparación, extracción y almacenamiento y desplazamiento de sustancias minerales, sustancias químicas en toda la jurisdicción municipal de Rinconada y la Cuenca del Monumento Natural Laguna de Pozuelos, contemplada como Área Protegida y Reserva de la Biosfera donde está prohibido expresamente la actividad minera, ya que el mismo provocaría un peligro potencial para las personas y el medio ambiente por el hecho de que se utiliza grandes cantidades de agua, sustancias altamente toxicas y contaminantes por ejemplo, cianuro de sodio, acido clorhídrico, soda caustica, etc. El cianuro puede ser absorbido a través de la piel, por ingestión directa o por inhalación y afecta la respiración de los animales y de los seres humanos y provoca la muerte y aunque se tomen todas las precauciones necesarias, por consiguiente pueden ocurrir accidentes por mal uso, descuidos, derrames, etc., que podría provocar una catástrofe ambiental.
Nuestros compatriotas al querer ir a trabajar a estos emprendimientos sienten que no tienen acceso, existe discriminación lo que visibiliza un retraso social y transparenta el individualismo. Esto es lo que está pasando y lo que vemos. Individualismo y discriminación.
La desestructuración social en las comunidades fue promovida por las Empresas y el Estado quienes han permitido que los residentes de las Comunidades que viven en otras regiones de la provincia decidan sobre la vida de quienes residen permanentemente el territorio.
Lo mismo ocurre a la hora de proceder con la implementación del Derecho a la Consulta según el Artículo 6 del Convenio 169 de OIT y demás artículos y leyes concordantes en la órbita nacional  e internacional, sobre el Consentimiento Libre Previo e Informado. Donde las empresas deciden la participación comunitaria como la decisión. La autoridad de aplicación netamente ausente, cuando el garante de este derecho es el Estado en cooperación de las Comunidades y Pueblos Indígenas.
No podemos permitir que Empresas de capital extranjero continúen vaciando nuestro país y dejándonos poblaciones en la miseria y en total desolación, cuestión que lleva siglos recuperar productivamente esos territorios. De todas las experiencias que tuvimos podemos decir que la mineria es pan para hoy y hambre para mañana. Decimos Basta de mentiras, basta de engaños ya no somos niños ya no somos salvajes como alguna vez nos titularon.
Respecto al emprendimiento Chinchillas, No vamos a decir NO a la Minería pero tampoco vamos a decir que SI, lo que queremos es que nuestra situación cambie y para ello necesitamos de IDEAS GUBERNAMENTALES Y LEGISLATIVAS que nos valoren y nos respeten de acuerdo a las siguientes directrices:
1. Una Ley que reglamente el derecho a Consentir, sobre El Consentimiento Libre Previo e Informado.
2. Queremos autonomía de gestión ante todos los entes del estado, nacional provincial municipal, ministerios, secretarias, direcciones, etc.
3. Pedimos a los legisladores que tengan la capacidad de generar leyes que garanticen el desarrollo sustentable. Respetando las dimensiones sociales, culturales y espirituales de la puna.
4. Que asegure que las regalías mineras lleguen directamente a las Comunidades con un porcentaje del 50%
5. Que el Estado garantice la reparación histórica permitiendo la Sociedad Minera entre las Comunidades Aborígenes con las Empresas Mineras.
6. Pavimentar todas las rutas que comprenden el acceso a las Comunidades Aborígenes de la Jurisdicción de Rinconada
7. Una Universidad en la Jurisdicción de Rinconada.
8. Generar proyectos de transporte gestionado por las Comunidades.
9. Un Hospital en Rinconada.
10. Comunicación: telefonía celular, internet.
11. Que la empresa Silver Standart se la Declara Empresa NO Grata en el territorio sino también que no sea la que explote en la Jurisdicción de Rinconada, ese es el UNICO NO. Esta empresa jamás tuvo en cuenta a las Comunidades de la Jurisdicción de Rinconada.
12. Toda empresa en el territorio debe fortalecer y fomentar la producción y desarrollo Ganadero, como el agua, mejoramiento de potreros, siembras, comercialización, cadena de frio, etc.
13. No reconocemos a la Empresa Estatal JEMSE mientras no haya participación de Representantes de las Comunidades en el Directorio de la misma.
Las comunidades firmantes en esta declaración no adhieren al decreto 7984 de la Ley 5663 y modificatorias, sancionadas por la legislatura de la provincia de Jujuy específicamente a la adhesión que firmo bajo ordenanza la Comisión Municipal de Rinconada, visto que la Declaración sobre los derechos de los Pueblos Indígenas ONU en su Artículo 30 reconoce el derecho a la participación en los programas y en la toma de decisiones que afecten a nuestros territorios. Como también en el Artículo 26 de la misma establece la relación sana del medio ambiente para los pueblos indígenas y reconoce el derecho a la propiedad de las tierras y la aplicación de nuestras leyes y costumbres, como nuestros sistemas representativos, asimismo recalca la consulta y participación de buena fe.
Avalamos para que este documento sea presentado ante los organismos internacionales, nacionales y provinciales.
Firman: Carlos Perez Centro Vecinal de Lagunillas de Pozuelos, Isabel Sumbaino Centro Vecinal de Rinconada, Comunidad de Cienego Grande, Justino Colqui Centro Vecinal de Cienego Grande, Virgilio Torres Comunidad Aborigen de Lagunillas de Pozuelos, Diego Sumbaino Comunidad Aborigen de Rinconada, Nelson Zerda Coord. Produccion Pan de Azucar, Sumbaino Arturo Centro Vecinal Pan de Azucar, Ana Mariela Machaca Comunidad Pan de Azucar, Sergio Flores Vocal de la Comision Municipal de Rinconada, Alejandra Rios Centro Vecinal de Pozuelos, Jorge Mamani Consejo de Participacion Indigena Kolla, Consejo de Organizaciones Originarias de Rinconada.

martes, 1 de julio de 2014

1º CONGRESO PROVINCIAL DEL MOVIMIENTO COMUNITARIO PLURICULTURAL (MCP)


Reunidos el 28 y 29 de junio de 2014, en el Territorio Ancestral del Pueblo Preexistente Fiscara, las Autoridades Tradicionales y Delegados de las Organizaciones Indígenas y Comunidades de los Pueblos Originarios Omaguaca, Fiscara, Ocloya, Kolla, Quechua y Tilian, nos Pronunciamos y Decimos:
Desde tiempos inmemorables habitamos los Territorios, estamos relacionados y somos parte de la Madre Tierra que nos da la vida, nos alimenta, que nos da la fuerza Espiritual, que nos une de manera individual y colectiva a la misma Naturaleza. Somos la historia, el presente y el futuro de un Estado que debe reconocerse como Pluricultural y diverso en razón de una realidad innegable de su propia Población.

Denunciamos ante la sociedad en general el incumplimiento de la Ley Nacional de Orden Público N° 26.160 y su prorroga 26.894 vigente, en la Comunidad Indígena Pukara, Angosto del Perchel y Cueva del Inca del Pueblo Fiscara; Comunidad Aborigen Tiraxi y Tilquiza del pueblo Ocloya,  quienes sufren permanentemente atropello e intento de desalojo por parte de terratenientes como Álvarez Prado, un integrante del grupo Los Tekis, Daniel Versini y Elizabeth Amar. Estos hechos son algunos ejemplos de los tantos que se violan y desconocen por parte del Estado Provincial y el Poder Judicial, avasallando nuestro Derecho Comunitario.
Denunciamos la criminalización de la lucha Indígena, con lo cual el Poder Judicial pretende “ejemplificar” violando el Derecho Colectivo y ante el requerimiento de los terratenientes, la justicia actúa rápidamente demostrando la connivencia del sistema Judicial con el Poder feudal.

Denunciamos la desprotección de nuestros Derechos y la complicidad de los distintos Poderes del Estado con los intereses especuladores y mercantilistas de empresas, particulares y multinacionales, saqueadores de nuestros Bienes Naturales, haciendo negocio en nombre del “DESARROLLO Y EL PROGRESO” y destruyendo nuestros Territorios mediante la imposición de un  modelo ajeno a la Cultura y Cosmovisión de nuestros Pueblos Preexistentes.
PATRIMONIO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y SUS COMUNIDADES, NO DE LA HUMANIDAD
Denunciamos la explotación turística, sistemática, la especulación inmobiliaria, los mega proyectos mineros y los emprendimientos de Patrimonializacion de nuestros Territorios y Sitios Sagrados, como la declaración de Patrimonio de la Humanidad del Qhapaq Ñan, conocido también como camino del Inca, involucrando a seis Estados que pretenden avanzar sobre nuestros Territorios Comunitarios sin un procedimiento adecuado de Consulta a los Pueblos Originarios. Ya conocemos la experiencia de lo sucedido en la Quebrada de Humahuaca, luego de su Patrimonializacion. Donde la ganancia económica de unos pocos, primo en detrimento de nuestros Derechos Territoriales y Desarrollo con Identidad.
Ratificamos que los Pueblos Indígenas somos herederos y Poseedores de los Sitios Sagrados, que forman parte de nuestra Memoria Histórica y Espiritual, nos corresponde por Derecho la Preservación, Administración y el Dominio de los mismos. Exigimos al Gobierno la reparación de los daños ocasionados, que permita la restitución de los Bienes Culturales y materiales extraídos de los lugares llamados arqueológicos o Sitios Sagrados.
Denunciamos la ejecución inconsulta de la ley N° 26.331 de protección de Bosques Nativos y exigimos el inicio inmediato de un proceso de Consulta legítima con la participación plena y efectiva de los Pueblos Originarios, principales afectados por dichas políticas. Estas acciones niegan nuestros Derechos Constitucionales y violan el mismo Derecho de Preexistencia de nuestros Pueblos como Sujeto de Derecho. Exigimos a la Secretaria de Ambiente de la Provincia y Nación, el freno de los desmontes hasta que se garanticen los procesos de Consulta y la obtención del Consentimiento Libre Previo e Informado (CLPI) previstos por Leyes Superiores.
Exigimos que se anule el Decreto provincial (nro. 3014) por el cual se entrega la tierra a la Comunidad Indígena Molulo, por Inconstitucional y no estar enmarcado en lo Comunitario de acuerdo al Territorio y al Derecho Indígena, como lo contempla la Constitución Nacional Art. 75 Inc. 17.
Que el Estado respete la decisión Consensuada de los Pueblos Indígenas y sus Comunidades sobre los emprendimientos de extracción Minera, luego de la adecuada Consulta para obtener el Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y de la Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (ONU).
Exigimos la revisión y la adecuación de la Ley Nacional y Provincial de Minería, respetando el marco del Convenio 169 de OIT, ratificado por Ley nº 24.071 y Art. 75. Inc. 17 de la Constitución Nacional.
Exigimos la no realización del Rally Dakar por los Territorios de las Comunidades Indígenas en la Provincia de Jujuy, sin la debida Consulta, para obtener el Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI).
Exigimos la refacción y mantenimiento de las Rutas Provinciales, Sendas Originarias y caminos Vecinales de la Puna, Valle y Quebrada, con la Previa Consulta y Participación de los Pueblos Indígenas y sus Comunidades. 
Repudiamos y desconocemos el Seminario sobre Derecho Indígena realizado en Humahuaca el 26 y 27 de junio de 2014, con adhesión y organización del Defensor del Pueblo de la Nación y de la Provincia, la ONU, la Municipalidad de Humahuaca y OCLADE; por no haberse informado en tiempo y forma y por no haber realizado la Consulta Previa y la participación de todos los Pueblos Indígenas y sus Comunidades.
Reafirmamos como Pueblos y Naciones Originarias la vigencia y el reconocimiento de nuestro Derecho Propio Indígena (Consuetudinario) y la Posesión Territorial garantizando el Buen Vivir/Vivir Bien, en Reciprocidad y Complementariedad.
Somos Sujetos Colectivos y tenemos la capacidad de construir las políticas de Estado necesarias para nuestras Demandas y Derechos Territoriales. Nuestros Pueblos Preexistentes y sus Comunidades profundizaran sus acciones en defensa de nuestros Territorios con la firme decisión de asegurar nuestra presencia en las agendas políticas del Gobierno Provincial. Queremos vivir en paz y Armonía en nuestros Territorios y para ello necesitamos las herramientas Jurídicas y el apoyo de toda la Sociedad y el Estado.  
Proponemos:
•             Ley de Propiedad Comunitaria Indígena, enfocado desde el marco del Derecho Colectivo reconocido por la Constitución Nacional art. 75 inc. 17, conscientes de que el Derecho Occidental es anti-Comunitario pues favorece al individuo.
•             Reglamentación de Procedimiento adecuado de Consulta Previa, en el marco del Convenio 169 de OIT, de la Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (ONU) y Legislación vigente.
•             Registro y Reconocimiento de la Personería Jurídica de las Comunidades Preexistentes, sin obstaculización de la S.DD.HH. de la Provincia.
•             Reforma y Adecuación de la Constitución Provincial a la Constitución Nacional Art. 75 Inc. 17.
•        Generar condiciones y estrategias para superar la discriminación existente en la Provincia de Jujuy, de altos porcentajes según lo demuestran los datos relevados por el INADI.


Por una Construcción Pluricultural que nunca más, en ningún Territorio de la Provincia, una Comunidad Preexistente sufra el atropello e intento de desalojo. 



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