sábado, 31 de julio de 2010

Situacion de los Derechos Humanos del Pueblo Mapuche 2009-2010

LA DISCRIMINACIÓN INSTITUCIONALIZADA (NEUQUEN)
 Leelo Ya Informe de Situacion de los Derechos Humanos del Pueblo Mapuche 2009-2010
2.1. Estructura estatal monoétnica

Más aún que el propio Estado Federal, la Provincia del Neuquén mantiene en el formato de sus estructuras los mismos objetivos de uniformidad cultural que tenía cuando se constituyó a fines del siglo XIX. Esta institucionalidad monocultural permanece inalterada, indiferente a las normas que imponen profundas modificaciones para garantizar los derechos de los pueblos indígenas, algunas de las cuales, incluso, se encuentran en el texto de la misma constitución provincial desde el año 2006. Como se trata de una de las principales provincias del país en orden a la presencia indígena, que llega a ser mayoritaria en algunos departamentos, el monopolio estatal de la cultura “blanca” expresa la voluntad de exclusión racial,
encarnada en la generalidad de los grupos gobernantes.
Hasta 1958 la administración de lo que hoy es la Provincia del Neuquén fue ejercida directamente por el gobierno Nacional, que modeló las estructuras locales del Estado exclusivamente mediante las pautas jurídicas propias de la cultura dominante recientemente asentada en el territorio conquistado.
A partir de aquel año se constituyó la Provincia del Neuquén, como unidad autónoma de la federación en que está organizada la República Argentina. La Constitución Provincial, sancionada un año antes, mantuvo el modelo de Estado monocultural, careciendo de toda norma que impusiera el respeto a la cultura, instituciones, prácticas o idioma propios del Pueblo Mapuce. Al contrario, determinó que la enseñanza se
realizara “obligatoriamente en idioma castellano”33 e incorporó directivas asimilacionistas, que aún se mantienen en el texto reformado.
La entera estructura del Estado provincial, con sus competencias sobre ordenamiento del régimen municipal, sistema educativo, administración de justicia, policía, régimen de tierras fiscales y recursos naturales, para mencionar las principales atribuciones, se realizó con la convicción y la práctica de que la institucionalidad dominante, impuesta con posterioridad a la “conquista del desierto”, era la única admisible......"

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