lunes, 10 de junio de 2013

INCENDIAN CASA DE LA COMUNIDAD EL NOGALITO - PUEBLO LULE



PUEBLO ORIGINARIO LOS LULE
COMUNIDAD INDIGENA EL NOGALITO


COMUNICADO DE PRENSA
VANDALISMO Y quemaDE nuestra casa

I.- OBJETO
            El día martes 04 de junio de 2013, la casa de la Comunidad comunitaria fue objeto de un siniestro y vandalismo. Ha sido prendida fuego de modo intencional, por el terrateniente Carlos Florencio Arce y otros agresores demandados, colindantes del territorio donde se encuentra ubicada la casa comunitaria.
            Como antecedente cabe destacar que se encuentra en trámite un amparo a la simple tenencia en contra de Arce de los otros demandados desde el 2012, ya que de modo ilegal, pretendieron usurpar violentamente el inmueble de aproximadamente 1,5 has., la cual forma parte de una mayor extensión, cuyo poseedor es la comunidad Indígena El Nogalito.
            El Amparo a la Simple Tenencia ordeno el lanzamiento de los agresores por intermedio de la fuerza pública, lo que fuera notificado por el Sr. Juez de Paz el día lunes 03 de Junio de 2013, ello según consta en el Expediente judicial que se encuentra radicado en dicho Juzgado. La medida de lanzamiento estaba prevista para la próxima semana. Sin embargo CARLOS FLORENCIO Y SUS COLABORADORES procedieron a prender fuego las instalaciones de la comunidad en la noche del día 03 de junio, hecho que fue constatado por los comuneros en la madrugada del día 04 de junio  y luego por la policía de Lules.

            La casita de la comunidad, que con tanto sacrificio se construyó, se resguardaban los materiales de construcción que faltaban para terminar la totalidad de la obra y como también se acopiaba materiales de construcción del Proyecto: Provisión de Agua para Consumo Humano con financiamiento por parte del Ministerio Desarrollo Social, como todas las donaciones que la comunidad había recibido para repartir entre sus miembros y los refrigerios del Programa VIDA y (hoy) del Programa AVANZAR del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Tucumán. Lo dicho consta en el inventario que fuera realizado en oportunidad de la inspección ocular efectuada por el Juez de Paz el día 05/12/2012. Todos los bienes fueron afectados por las llamas, sin que se pueda rescatar ninguno de ello. También había una heladera, cama colchones, frazadas y documentación publica de la Comunidad Indígena.

            La actitud mostrada por los agresores Carlos Florencio Arce y sus colaboradores, marca la violencia y la discriminación con la que ésta gente actúa en contra de nuestra Comunidad Indígena descendiente de un Pueblo Originario.
            La conducta mostrada por estas personas es claramente violatoria al Convenio 169 de la OIT y de la declaración Americana de Derechos Humanos y a los derechos constitucionales, de la cual el estado resulta garante.
Por lo expuesto, solicito al Poder Judicial se tomen las medidas necesarias a fin de resguardar los derechos de los “indios”, tal como nos denominaron desde la conquista española. 
Inspección del Juez de Paz:

El día 20 de Septiembre de 2012, se llevó a cabo la inspección ocular por parte del Juez de Paz de San Isidro de Lules sobre este terreno de propiedad comunitaria, de 1,5 hectárea aproximadamente, en el marco de la causa caratulada: Arce Carlos Florencio C/ Pérez Manuel Joaquín S/ Amparo a la Simple Tenencia. En la inspección ocular, se constató la vivienda de vieja data con instalación de medidor de luz, acopio de materiales de construcción, con instalación de agua que suministra a la vivienda, apachetas, una cerca de alambrados y postes que delimitaba de forma concreta el terreno, todo de pertenencia de esta comunidad indígena.
  
            A posterior de la inspección ocular del día 20 de Septiembre de 2012, los demandados, promovían daños intencionales contra la propiedad.

El día domingo 21 de Octubre de 2012, a hs. 12:30, de manera agrupada, amenazaron de muerte al Cacique de nuestra Comunidad, Don, Joaquín Pérez, en presencia de su sobrino menor de edad y como también amenazaron con cometer el robo de postes y alambres el cual delimitaba el terreno en cuestión. La denuncia fue radicada ante la comisaría de San Isidro de Lules por amenazas y tentativa de robo.

El juicio caratulado: Arce Carlos Florencio C/ Pérez Manuel Joaquín S/ Amparo a la Simple Tenencia, fue rechazado por el Juez de Paz en contra de CARLOS FLORENCIO ARCE, por querer embaucar atraves de la mentira y adueñarse de la propiedad con la construcción de la vivienda la cual a ellos no les corresponde, quienes luego de ser notificados de la resolución del Juez de Paz, en la noche del día sábado 27 de Octubre de 2012, los ARCE Y OTROS no tardaron en irrumpir violentamente contra la propiedad comunitaria concretando el robo con el que venían amenazando, haciendo desaparecer: postes, alambres, trabillas, carteles, torniquetas, etc. Asimismo, procedieron a la destrucción de un caño manguera de ¾ que suministraba agua a la vivienda y haciendo desaparecer todo lo que se encontraba a la vista. A su vez clausuraron con candado el camino vecinal de acceso a la vivienda comunitaria y de otras familias.

Se radicó la denuncia correspondiente con la inspección policial que se desarrolló al día siguiente, (domingo 28-10-2012) mientras en el lugar de los hechos se encontraban agrupados los agresores arriba nombrados, ejerciendo palos y machetes, que al ver a la policía salieron corriendo a sus domicilios. Dadas las características de la situación, esta Comunidad Indígena gestionó un Amparo a la Simple Tenencia ante el mismo Juzgado de Paz de San Isidro de Lules, amparo caratulado: Comunidad Indígena El Nogalito C/ Arce Carlos Florencio S/ Amparo a la Simple Tenencia.

SUSTENTO REAL.
            En el marco de la lucha y resistencia pacífica que llevamos adelante desde hace muchos años para proteger la posesión ancestral y tenencia de las tierras ejercida por familias de esta comunidad descendientes de nuestros primitivos, es que de un tiempo a esta parte un grupo de personas han procedido a cometer una serie de hechos ilícitos, los cuales van desde el daño intencional, discriminación, robo, amenazas de muertes, agresiones físicas, tentativa de homicidio, entre otros delitos.
HECHOS PREVIO DE VIOLENCIA, AGRESIONES Y ROBO.
            Desde Agosto de 2.012 a la fecha, existe una serie de hechos que implican violación de los derechos humanos en contra de esta dirigencia y de miembros de esta Comunidad Indígena, incurridos por un grupo de personas constituido por un ARCE CARLOS FLORENCIO, ARCE LUCIA DOLORES, PEREZ JUAN CARLOS /A/ PECHO, DIAZ PEDRO BENJAMÍN, PEREZ GRISELDA, PEREZ CARMEN, DIAZ NOEMI DEL V., PEREZ ORLANDO /A/ NEGRO DE PECHO, ARCE CESAR ANGEL, ARCE ARIEL, DIAZ GREGORIO, ARCE PRÓSPERO TRISTAN, ARCE RAFAEL, ARCE OSVALDA, PEREZ IVANA YANET LUCIA, SOFIA DIAZ, entre otros, todos con domicilio en esta Comunidad, los cuales se encuentran siendo investigados por las Fiscalías en lo Penal de Instrucción del Centro Judicial Capital.Los denunciados son un grupo de personas, todos familiares: hermanos, primos, cuñados y sobrinos.

            Mientras tanto, EL PODER JUDICIAL AUN NO TOMO MEDIDAS DE PROTECCION EN EL CASO y por ende, los actos de vandalismos continuaban su paso. Tal es así que el día viernes 09 de noviembre de 2012, a última hora, los demandados ingresaron nuevamente al terreno comunitario (foto abajo), provocando desordenes, violación de domicilio y usurpación de propiedad con la introducción de animales, con el fin de quedarse allí y adueñarse arbitrariamente del terreno y de la vivienda.

            ANTE LA AUSENCIA DE LAS AUTORIDADES JUDICIALES Y POLICIALES QUE EVITEN LOS HECHOS ILICITOS, el día Sábado 10 de Noviembre de 2012, como a hs. 09:00, el Sr. JOAQUIN PEREZ en su Carácter de Cacique de la Comunidad, se apersonó en el lugar, acompañado por 4 comuneros para tomar vista de los daños producto de la violencia promovidas por parte de los demandados, y en el momento en que intentaban reparar los daños ya producidos, se decidió colocar de nuevos los postes y alambrados para proteger la vivienda (tal como se encontraba originalmente), en un segundo aparecieron los agresores (hombres, mujeres y niños) avanzando y destruyendo todo nuevamente, arrancando y robándose los postes y el alambrado, pero esta vez ya con agresiones físicas y violencia, atacando de manera salvaje al Sr. MANUEL JOAQUIN PEREZ, como también a los comuneros presentes con golpes de palos y piedras por parte de: CARLOS FLORENCIO ARCE, JUAN CARLOS PEREZ /A/ PECHO, CESAR ARCE, DIEGO ARIEL ARCE, LUCIA DOLORES ARCE, SOFIA DIAZ, CARMEN PEREZ, REFAEL ARCE, OSVALDA ARCE, y de niños que -lamentablemente- hacían de escudo a los agresores. Es así, que el Sr. PEREZ, con ayuda de los comuneros tuvo que abandonar el predio a las corridas tras las lesiones físicas sufridas y amenazas de muerte con riesgo de perder su vida. Los demás comuneros agredidos se refugiaron dentro de la vivienda, mientras que en su alrededor permanecían los agresores con palos y piedras, por varias horas, pero por suerte, llegó de manera sorpresiva la POLICIA DE RACO, y los agresores salieron corriendo a esconderse en sus propias casas. Todos ellos son “INSTRUIDOS” por un abogado del fuero local de nombre: HECTOR GOMEZ NACUSSE, M.P 4817.

Héctor Gómez Nacusse M.P. 4817: instructor encubridor del grupo vandálico.

            La violencia ejercida por los Arce y otros, continuo al día siguiente (Domingo 11 de Noviembre de 2012) a hs. 16:00, cuando otros comuneros: Simón Pérez, Julio Toledo, Pedro Eduardo Pérez y su Sra. esposa,  se apersonaron en la vivienda comunitaria para controlar los materiales, ya que en la misma se encuentra acopio de materiales de construcción, refrigerio para niños, donaciones de ropas para familias de la Comunidad, zapatillas, frazadas, heladeras, camas, caño manguera, documentación publica de la comunidad, y en un segundo aparecieron violentamente: CARLOS FLORENCIO ARCE, CESAR ARCE, RAFAEL ARCE, JUAN CARLOS (ALIAS PECHO), LUCIA DOLORES ARCE, ORLANDO PÉREZ (ALIAS NEGRO DE PECHO), PABLO JULIÁN PÉREZ, NOEMÍ DEL V. DÍAZ, GREGORIO DÍAZ, OSVALDA ARCE, CARMEN MARGARITA PEREZ, GRISELDA PÉREZ, IVANA PÉREZ, DIEGO ARCE, y un grupo de menores de edad muñidos con palos y piedras; sin mediar palabras, todos los nombrados ingresaron al terreno de propiedad de la comunidad y comenzaron a atacar salvajemente al comunero PEDRO EDUARDO PÉREZ y a su Sra. esposa, con golpes de puños, pedradas y garrotazos. Al ser mayoría, el comunero JULIO TOLEDO trató de apaciguar y defender al matrimonio quienes estaban siendo brutalmente golpeados, y por lo consiguientes TOLEDO también fue lesionado con heridas en su cabeza. En medio de esto, apareció BENJAMÍN DÍAZ (uno de los agresores) gritando a viva voz diciendo: “te voy hacer acá matando hijo de puta” (sic), (dirigiéndose al comunero PEDRO EDUARDO PÉREZ), se volvió corriendo a su casa y desde allí se vino corriendo con una escopeta de doble caño, que a unos cinco metros, remonto y gatillóy se escuchó el disparo. El comunero PEDRO PEREZ atinó a tirarse detrás de una barranca que colinda la pared de la vivienda, salvándose de recibir el impacto. A posterior, el agresor fue reducido, quien a través de un forcejeo se convenció al agresor dejar el arma, mientras tanto, el comunero PEDRO EDUARDO PÉREZ y su esposa seguían siendo golpeados brutalmente por los demás agresores y menores.

Aquí ingresan los agresores a cometer las agresiones físicas a nuestros dirigentes y comuneros indígenas.

            El día miércoles 05 de Diciembre de 2012, en el terreno objeto del conflicto, se hizo presente el Juez de Paz donde se llevó a cabo la inspección ocular en el marco del juicio caratulado: Comunidad Indígena El Nogalito C/ Arce Carlos Florencio S/ Amparo a la Simple Tenencia, que atento a la inspección ocular realizada surge  que los agresores han venido realizando actos de turbación de propiedad y violencia que nos impiden el acceso al terreno comunitario. La inspección ocular realizada el 05 de Diciembre de 2012, surge que LOS AGRESORES han variado la situación del predio en forma violenta y sustancial con el robo de alambres, postes, carteles, caño manguera, y el robo de la columna y medidor de luz de línea EDET concretado en la noche antes de la inspección ocular del 05-12-12. Ello si se lo compara con la inspección ocular ya efectuada el día 20 de Septiembre de 2012, Amparo que fue rechazado por el SR. JUEZ DE PAZ en virtud a la prueba ofrecida por esta comunidad indígena oportunamente. A partir de esta última inspección ocular  del 05-12-2012, se ha constatado innumerables daños materiales y robos, etc., ejercidas por los demandados.

                  Ante la peligrosidad de los agresores, se gestionó la presencia de la Gendarmería para el acompañamiento de la medida efectuada por el Juez de Paz.


                           El mismo día 05-12-12, luego de efectuar la medida de inspección ocular por el Juez de Paz, se radico la denuncia ante la comisaría de Lules por ROBO DE COLUMNA Y MEDIDOR DE LUZ.La policía tardó más de 15 días para apersonarse al lugar de los hechos para constatar el robo del medidor de luz y columna, allí, los agresores impidieron el ingreso de la fuerza pública para efectuar la constatación del robo.

A pesar de la gravedad de los hechos denunciados y habiendo solicitado MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN DE PERSONA, la misma se nos fue RECHAZADA por la fiscalía.
           
            Todo lo relatado ha sido objeto de comunicación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el marco de una medida cautelar de protección a favor de las comunidades indígenas de la Provincia en contra del Estado Argentino por violación a los derechos de nuestros Pueblos Originarios que la habitan. En este marco, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha resuelto a favor de la Comunidad Indígena El Nogalito una medida cautelar de protección a fin de garantizar la vida y la integridad personal de los integrantes de la Comunidad Indígena El Nogalito (Pueblo Lule), y a su vez, la CIDH solicita al Gobierno Argentino, atraves de Cancillería, en el punto uno, de que: 1)- …adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de los integrantes de la Comunidad Indígena El Nogalito (Pueblo Lule),… entre otros pedidos por la Comisión.
            
…¿QUE HIZO EL PODER JUDICIAL?.....
EL PODER JUDICIAL ES RESPONSABLE DE NO HBER PREVISTO ESTOS ACTOS DE VANDALISMOS QUE SE VENIAN PROGRAMANDO!!!
¿ESTAN ESPERANDO QUE NOS MATEN???
Nuestra Casa fue construida en base de sacrificio y esmero, por y para el bienestar del Pueblo indio.
¡Nada les da derechos a producir la maldad, el daño intencional y la guerra psicológica en contra de nuestra comunidad y nuestros derechos vulnerables!
Detrás de todo esto también hay terceros terratenientes ardides que inducen a este grupo a promover el vandalismo. Sabemos quiénes son los que se esconden detrás de las sombras. 
No es un problema vecinal, familiar ni interno de la Comunidad indígena. Es un problema de terratenientes privados que atacan salvajemente a miembros integrantes de la comunidad con fines de adueñarse de tierras comunitarias de posesión indígena, relevadas en el marco de la Ley Nacional N° 26.160 y 26.554 y de reconocimiento constitucional con Personería Jurídica INAI N° 006/2003, en concordancia con el Art. 75 inc. 17 y 22, C.N. Art. 149 Const. Provincial, Cap. 5°. Convenio 169 de la OIT.
JallallaJallalla Pachamama.-

Comunidad Indígena El Nogalito
Pers. Jurid. Resolución INAI N°006/03

Pueblo los Lule - Tucumán, Argentina

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