miércoles, 8 de diciembre de 2010

ORDENANZA 51-CD-010 Prohibe la Mineria a Cielo Abierto en Abra Pampa

La ORDENANZA 51-CD-010 en su Articulo 1º define que en el ambito de la Juristiccion de la Municipalidad de Abra Pampa, la radicacion, instalacion o funcionamiento de exploraciones mineras metaliferas a cielo abierto y/o las Explotaciones Mineras que utilicen sustancias quimicas como cianuro, mercurio, acido sulfurico y otras sustancias toxicas similares en sus procesos de cateo, prospeccion, exploracion, explotacion y/o industrializacion de Minerales Metaliferos.

Ademas de invocar a las normas conexas ambientalistas en sus diversos considerandos manifiesta que, la mayoria etnica del Pueblos de Abra Pampa y su Jurisdiccion es de origen Kolla y que su interrelacion con el medio natural comprenden conceptos culturales ideologicos basicos, asi como la integracion y la interdependencia del habitante primario con su entorno parte de la premisa que : "la tierra no nos pertenece, nosotros pertenecemos a ella".

Que, las Autoridads tradicionales de las Comunidades de los Pueblos Originarios, guardianes ancestrales de nuestra "madre tierra", y el Consejo Deliberante de la Ciudad de Abra Pampa estamos aqui convocados para reafirmar y hacer respetar nuestra Autonomia Territorial; ya que para el Indigena el Territorio es concebido como casa, semilla y embrion de la vida; la naturaleza es la madre que genera vida: las personas, las plantas, los animales, los bienes culturales, todo lo que brota de la tierra es continuidad de ella para que haya vida y una convivencia armonica.

DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ABRA PAMPA A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.

"Todos los textos escaneados hasta la fecha los trabajo Nano, desde ya le agradecemos por su rol comprometido para con la Lucha por una Puna mejor de los Pueblos Originarios, que con humildad y sensillez hace que todos aprendamos de êl"

COMUNICACION ANDINA

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