http://www.ellibertario.com/2011/12/28/la-corte-convoco-a-una-audiencia-publica-a-comunidades-aborigenes-y-al-gobernador-de-jujuy/
Jujuy – La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó a varias comunidades aborígenes y al gobernador de Jujuy a una audiencia pública en la que se debatirá el problema de la explotación de litio y borato en territorios de los pueblos originarios.
La CSJN convocó para el 28 de marzo, a horas 10:00, a una audiencia pública a la comunidad aborigen Santuario Tres Pozos y a las restantes comunidades demandantes que -según sostienen- habitan las Salinas Grandes en los departamentos de Cochinoca y Tumbaya de la Provincia de Jujuy y La Poma y Cobres de la Provincia de Salta, y al gobernador de la Provincia de Jujuy, que se celebrará en la sede de la Corte en el marco de la causa C.1196.XLVI “Comunidad Aborigen de Santuario Tres Pozos y otros c/ Jujuy, Provincia de y otros s/ amparo”, en trámite ante la Secretaría de Juicios Originarios.
La decisión del máximo tribunal de la Nación se sustenta en la denunciada omisión de consulta previa, información y participación de las comunidades en que habrían incurrido las autoridades jujeñas en los expedientes en trámite en la órbita provincial, en los que se habrían otorgado permisos de exploración y explotación de litio y borato en los departamentos antedichos.
Los demandantes indican que viven desde tiempo inmemorial en la zona, y que las salinas constituyen un ecosistema único que se encuentra dentro de sus propios territorios, que les provee de los recursos naturales de uso común que son necesarios para su subsistencia, como el agua y la sal que les permite la vida, el trabajo y la producción.
Asimismo, solicitan que se ordene el dictado de una medida cautelar por la cual se ordene abstenerse de otorgar cualquier permiso administrativo de cateo o exploración y explotación minera en la zona de riesgo en cuestión, especialmente las referidas a litio y borato, así como también que se suspenda la ejecución de los permisos ya otorgados.
Fundan su pretensión en los artículos 16, 41, 75, incisos 17 y 18 de la Constitución Nacional, en los instrumentos internacionales de derechos humanos enunciados en el inciso 22 de ese precepto, en el convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la OIT y en los artículos 1°, 2°, 4° y 31 de la Ley General del Ambiente, 25.675.
La audiencia se realizará en la sede de la Corte el 28 de marzo de 2012 a la hora 10, en la cual los citados deberán expedirse en forma oral y pública ante el Tribunal sobre la situación que se denuncia.
Parte actora: Comunidad Aborigen de Santuario Tres Pozos; Cominidad Aborigen de San Francisco de Alfarcito; Comunidad Aborigen del Distrito de San Miguel de Colorados; Comunidad Aborigen de Aguas Blancas; omunidad Aborigen de Sianzo; Comunidad Aborigen de Rinconadilla; Comunidad Aborigen de Lipan; Organización Comunitaria Aborigen “Sol de Mayo”; Comunidad Aborigen de Pozo Colorado-
Departamento Tumbaya; Comunidad Aborigen de Santa Ana, Abralaite, Río Grande y Agua de Castilla; Comunidad Aborigen El Angosto Distrito El Moreno; Comunidad Aborigen Cerro Negro; Comunidad Aborigen de Casa Colorada; Comunidad Esquina de Guardia; Comunidad Indígena Atacama de Rangel; Comunidad Aborigen de Cobres; Comunidad Likan Antai Paraje Corralitos; Comunidad Aborigen de Tipan; Comunidad Aborigen Sayate Oeste, Departamento Cochinoca; Comunidad Aborigen de Quebraleña Pueblo Kolla-Departamento Cochinoca; Comunidad Aborigen de Santa Ana de la Puna; Comunidad Aborigen Cochagaste; señor Jorge Luis Mamani, en representación del Pueblo Kolla de la Provincia de Jujuy, en su carácter de integrante del Consejo de Participación Indígena (CPI); todas ellas representadas por sus apoderados, doctores Alicia Chalabe y Enrique Oyharzabal Castro, con el patrocinio letrado de los doctores Rodrigo Solá y Lorena María Gutiérrez Villar.
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